Plan de cierre

Corrección y acción correctiva no son lo mismo

El error más común en un plan de cierre: presentar correcciones y llamarlas acciones correctivas.

No es una distinción de matiz ni una preferencia de redacción. El propio documento de Sistemas de Certificación de la RSPO define los dos términos por separado en su glosario:

Corrección: “Acción para eliminar una No Conformidad identificada.”
Acción correctiva: “Medidas para eliminar la causa de una no conformidad y evitar que se repita.”

Una atiende el hecho. La otra atiende la causa.

El mismo hallazgo, las dos respuestas

CorrecciónAcción correctiva
Entregar el EPP faltante a los nueve trabajadores identificados en el hallazgo.Incorporar la verificación de cobertura de dotación al programa de inspecciones, con responsable y periodicidad.
Atiende el hecho. Necesaria e inmediata, pero el mes que viene puede volver a faltar.Ataca la causa. Es lo que cierra la No Conformidad.

Lo que cuesta confundirlas

Un plan de cierre hecho solo de correcciones le está diciendo a la certificadora que el hallazgo va a volver. Y cuando vuelve, la consecuencia está tipificada:

Una NC Menor que reaparece sobre el mismo indicador se reclasifica como Mayor (§6.16.6). El plazo se encoge de doce meses a noventa días, y deja de ser un problema documental.

La prueba rápida

Acción por acción, una sola pregunta:

¿Esto impide que el problema vuelva a ocurrir, o solo repara lo que ya ocurrió?

Si es lo segundo, es una corrección disfrazada de acción correctiva.

Un apunte de numeración

La entrega de EPP es el indicador 6.9.5 en el P&C 2024, y es crítico. En 2018 era el 6.7.3, que hoy trata de otra cosa —trabajo con químicos peligrosos en trabajadoras gestantes o lactantes—. Ver la tabla de equivalencias 2018 → 2024.

Definiciones tomadas literalmente del glosario del documento oficial de Sistemas de Certificación de la RSPO (RSPO-PRO-T01-002).

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